Madrid Central

Anulación multas Madrid Central

Como sabeis el pasado 27 de Julio el TSJM anulo Madrid central, por «defectos formales», si esta sentencia adquiriera firmeza todas las multas de Madrid Central serian nulas. Este no es el caso por el momento, dado que la plataforma de Defensa de Madrid Central, por medio de Ecologistas en Acción ha presentado un recurso a la sentencia, alegando que se trata de un aspecto formal en la creacion de la ordenanza. Ademas ante el fallo todavia cabria un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Hasta que la sentencia sea en firme el proceso de sanciones y la obliatoriedad de pagar estas sigue activo, una vez declarada en firme (en caso de suceder) quedarian anuladas las sanciones en tramite, pero para el caso de las denuncias ya abonadas, habria que realizar un recurso con el justificante de pago de la denuncia, en base a la sentencia en firme que anula la ordenanza, solicitando el reintegro de la cuantia pagada.

mas informacion:

https://www.europapress.es/madrid/noticia-tsjm-anula-madrid-central-defectos-formales-recursos-comunidad-pp-20200727142436.html

https://www.europapress.es/madrid/noticia-ecologistas-accion-presenta-tres-recursos-ts-contra-sentencias-futuro-madrid-central-20200916110757.html

11 Respuestas a “Anulación multas Madrid Central”

  1. ¿podrían nformar del estado de la sentencia, y del recurso que dicen que se ha presentado?
    En definitiva, a muchos nos gustaría saber si adquiere firmeza o no, y cuándo, la sentencia que anula Madrid central por defectos formales, y que consiguientemente anula nuestras multas, para poder reclamar su importe

  2. Buenos días, he recibido una multa de 90€ por acceder a madrid central, con la foto del coche. Reconozco que fue por error, no soy de la zona y se que eso no exime de la multa. Pero he leído que por el tema de las cámaras que hacen la foto se puede recurrir y dar algo de guerra. Me podéis ayudar con el modelo de recurso por favor ? Que tengo que poner exactamente?? Gracias por todo y enhorabuena por vuestro trabajo

    1. Buenos dias, estoy en la misma situación que la descrita por Alvaro, si bien ya presenté alegaciones argumentando la ilegalidad por defectos administrativos de las sanciones tras la sentencia del TSJM. Mis alegaciones han sido desestimadas por no ser firme la sentencia al estar recurrida en Casación. Puedo ahora interponer recurso de reposición con posibilidades de éxito? Valdría un argumento no expuesto anteriormente en alegaciones.? En su caso, cual sería el contenido idóneo?
      Gracias de antemano por vuestro consejo y ayuda. Saludos.

      1. Buenos dias,

        La sentencia no esta en firme aun por TSJM, por ello tu recurso ha sido rechazado, habra que esperar a la ratificacion por el TSJM para que este tipo de recursos sean viables.

        Un saludo
        Jesus

    2. Conseguiste solucionar el tema??? Estoy en la misma situación que tú y me gustaría recurrir. Lei también eso de las cámaras y alegar por ese lado. Muchas gracias

    3. Buenos dias, disculpa la demora.

      Dado que la sentencia no esta en firme aun por TSJM, todavia no existe un recurso con posibilidades de progresar por ese motivo, si existe otro motivo por el que puedas recurrir la multa, esta cuestion seria un buen complemento.
      Cuando la sentencia sea ratificada, se podran realizar recursos viables amparandose en dicha resolucion.

      Un saludo

      Jesus

  3. Buenos días, yo estoy en la misma fase que Alejandro, presente alegaciones y las han desestimado. Pero en mi caso hay un nuevo dato que me gustaría consultar, han pasado mas de tres meses desde el registro de las alegaciones hasta la respuesta del ayuntamiento. Según el escrito de desestimación el procedimiento sancionador seguido es el «RD 6/2015, de 30 de octubre» en el que no menciona plazo para la respuesta a las alegaciones. Según la «Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas» articulo 21, si el procedimiento regulador no indica plazo para el procedimiento este se fija en tres meses.
    ¿Espero al inicio del procedimiento de apremio (vendrá con un 20% extra) y presento «recurso potestativo de reposición»? o pago ahora y ya reclamaré cuando la sentencia sea firme. ???

    1. Buenas noches,

      No me queda claro si la desestimacion contiene una resolucion, si es el caso y si tienes nuevos datos que indicar, lo mejor es que presentes un recurso de reposicion con la nuevas exposiciones.

      Un saludo

      Jesus

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