Sr. Director General de Gestión y Vigilancia de la circulación de Madrid.
D./Dª. xxxxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, con DNI número xxxxxxxx, con domicilio en la calle xxxxxxxxxxx, provincia de xxxxxx, designado el mismo a efectos de notificaciones, actuando en nombre y derecho propio y en condición de interesado en el procedimiento que se tramita en el expediente administrativo número xxxxxxxxxxxxxx, comparezco y como mejor proceda en Derecho,
EXPONE:
Que mediante resolución de fecha xxxxxxxx, notificada el siguiente día xxxxxxxx, dictada por el órgano administrativo Departamento de Instrucción de Multas de circulación, se acuerda Desestimación de alegaciones e imposición de la sanción, y pone fin a la vía administrativa.
Que mediante el presente escrito, vengo a interponer RECURSO DE REPOSICIÓN previo al recurso contencioso administrativo, en tiempo y forma, contra dicha resolución, y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, con base en las siguientes
ALEGACIONES:
PRIMERA.- En tiempo y forma se solicitaron una serie de datos y pruebas fundamentalísimas para la defensa y, pese a ello, no se ha tenido conocimiento de la totalidad de las mismas, lo que crea una situación de indefensión.
SEGUNDA.- Que como se indico en la anterior alegación no es cierto que no se respetara la señal de la VIA DE CIRCULACION RESTRIGIDA O RESERVADA, ya que el hecho se produjo por FUERZA MAYOR, dada la necesidad de acompañar a una persona con movilidad reducida a su domicilio, que se encontraba dentro de esta zona, y tal y como se recoge en el punto 3 del artículo 88 de la ordenanza municipal del ayuntamiento de Madrid:
En cualquier caso, las limitaciones o prohibiciones impuestas no afectarán a los vehículos siguientes:
3.- Los que recojan o lleven enfermos o personas de movilidad reducida a un inmueble de la zona.
TERCERA.- La denuncia notificada incurre en un vicio insubsanable de invalidez, pues conforme al artículo 76.1 de la LTSV, como norma general las denuncias se han de notificar en el acto al denunciado. En el presente caso, en la notificación de denuncia remitida no consta ninguna causa concreta y específica por la que no se notificó en el acto la denuncia (o bien, los motivos que constan no son ciertos o no son suficientemente específicos, tal como exige la jurisprudencia (TSJ País Vasco 19/5/95, TSJ La Rioja 7/4/99), y el art. 10.2 del RPST.
CUARTA.- Que el acceso se produjo por fuerza mayor y según el artículo 62 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, la Constitución Española dicta en el artículo 106:
“2. Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.”
En virtud de lo expuesto,
SUPLICO A UD:
Que teniendo por presentado este escrito, acuerde tener por interpuesto RECURSO DE REPOSICIÓN contra resolución de fecha xxxxxxxxxx, dictada por el órgano administrativo Departamento de Instrucción de Multas de circulación, por la que se acuerda Desestimación de alegaciones e imposición de la sanción, y estimando el recurso anule dicha resolución.
Por ser de justicia que pido en Madrid, a xx de Mayo de 2013 Fdo. xxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Hola,
¿enviar esto implica que luego tenga que demostrarlo? Es decir, envío esto y después ¿qué?.
Muchas gracias.
Saludos.
Este recurso se presenta en cualquier registro de entrada de ayuntamiento o institucion, no tienes que demostrarlo, a no ser que eleves el caso a contencioso administrativo (a juicio), y eso seria una vez desestimado el recurso de alzada y el recurso de reposición (caso en el que tendrías que demostrarlo ante el juez).
No obstante cuando se realiza un recurso de alzada es mejor presentar cuantas mas pruebas mejor.
Un saludo
Hola. He recibido sanción aparcamiento en zona reservada para urgencias y personal sanitario en ayuntamiento de Padrón de la policía local, el coche tenía tarjeta de minusválidos. Me la notificaron el día 28 de mayo, para mí sorpresa hoy fui a pagarla al banco y me dicen que no pueden tramitarla con el código de la multa porque el plazo máximo para pagarla era el 31 de mayo para acogerse a la reducción del 50%, dos días después de recibirla cuando dispongo de 20. Tengo base o argumentos para recurrirla.