En muchas ocasiones cuando cometemos una infracción al volante la autoridad competente para sancionarnos puede obligarnos a detener nuestro vehículo. Sin embargo, existen otras muchas ocasiones, y son varios los motivos, por los que podemos ser sancionados sin que lo sepamos, pues no nos van a parar para multarnos.
La Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial nos dice en su artículo 76 en qué momento se nos deben comunicar las sanciones. En concreto dice el mencionado artículo:
1. Las denuncias se notificarán en el acto al denunciado.
2. No obstante, la notificación podrá efectuarse en un momento posterior siempre que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que la denuncia se formule en circunstancias en que la detención del vehículo pueda originar un riesgo para la circulación. En este caso, el Agente deberá indicar los motivos concretos que la impiden.
b) Que la denuncia se formule estando el vehículo estacionado, cuando el conductor no esté presente.
c) Que la autoridad sancionadora haya tenido conocimiento de los hechos a través de medios de captación y reproducción de imágenes que permitan la identificación del vehículo.
Así las cosas, si como titulares de un vehículo se nos ha comunicado la sanción con posterioridad, disponemos de un plazo de veinte días naturales para identificar al conductor. Si no se le identifica en ese plazo (indicando nombre, apellidos, dirección y DNI), entonces será sancionado el titular del vehículo en virtud de lo establecido por el artículo 65.5.j) de esta Ley, que dice que es infracción muy grave la conducta del titular del vehículo con el que se haya cometido la infracción de no identificar verazmente al conductor responsable de la infracción.
La sanción por este incumplimiento es el doble de la sanción prevista para la sanción originaria (si es infracción leve) y el triple si la sanción originaria era grave o muy grave.
Por último, dos aspectos muy importantes de esta cuestión son los siguientes:
– Si somos sancionados por no identificar al conductor no podremos beneficiarnos del 50% de descuento por pronto pago.
– No se pierden puntos del carné por no identificar al conductor.
Hola me han identificado como conductor en una multa sin ser yo el que conducía dicho vehículo Que puedo hacer?
Buenas tardes,
Te adjunto dos modelos a partir de los cuales, puedes desarrollar tu recurso:
https://yorecurro.es/recurso-de-reposicion-identificar-al-conductor/
https://yorecurro.es/velocidad/identificarconductor/
Un saludo
Yoreurro